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¡Su participación es muy importante para nosotros!
En este Espacio la ciudadanía, grupos de valor y partes interesadas pueden encontrar información detallada sobre los espacios, mecanismos y acciones que promueven la participación ciudadana activa en nuestra gestión.
Nuestro propósito es dinamizar tu vinculación en las decisiones y acciones públicas a lo largo de todas las fases del ciclo de la gestión: desde el diagnóstico y la formulación hasta la implementación, evaluación y seguimiento.
Te invitamos a explorar las siguientes secciones e involucrarte en la construcción de un futuro colectivo.
SECCIONES
¿CÓMO PUEDO PARTICIPAR?
EL Menú Participa es el espacio donde la ciudadanía tiene la oportunidad de conocer la gestión que RED SALUD ARMENIA E.S.E realiza y de esta manera el usuario pueda participar activamente en las decisiones de planeación, gestión y veeduria en Salud, con el objetivo de contribuir con el mejoramiento de la prestación del servicio en salud.
¿Qué son las alianzas de usuarios en salud?
Según lo establecido por el Decreto 1757 de 1994 la alianza o asociación de usuarios es una agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar los servicios de salud de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y defensa del usuario.
Creación
Las alianzas de usuarios se deben crear en:
En empresas Sociales del Estado-ESE
Instituciones Prestadoras de Salud “IPS”
Empresas Promotoras de Salud del régimen contributivo “EPS”
Empresas Promotoras de Salud del régimen subsidiado EPS.
Organización
A través de una convocatoria a asamblea general que realizan las instituciones de salud, sean públicas, privadas o mixtas, a todos los usuarios que hayan hecho uso del servicio durante el último año, para su respectiva constitución. Las asociaciones se constituirán con un número plural de usuarios y podrán obtener reconocimientos en las notarías o cámaras de comercio.
La asociación será de carácter abierto para garantizar permanentemente el ingreso de nuevos usuarios. Además debe elaborar su propio reglamento de funcionamiento, en donde debe prever la organización interna como miembros directivos y comités de trabajo de acuerdo a las necesidades y temas a tratar.
Funciones
Asesorar a sus asociados en la libre elección de la EPS.
Asesorar a sus asociados en la identificación y acceso de paquete de servicios.
Participar en la junta directiva de las instituciones prestadoras de salud para proponer y concertar las medidas necesarias para mantener y mejorar la calidad de los servicios y atención al usuario.
Mantener canales de comunicación con los afiliados que les permitan conocer sus inquietudes y demandas para hacer propuestas ante las juntas directivas de la institución prestadora de servicios de salud y la EPS.
Vigilar las decisiones que se tomen en las juntas directivas para que se apliquen según lo acordado.
Informar a las instancias que corresponda, si la calidad del servicio prestado no satisface la necesidad de los afiliados.
Proponer a las juntas directivas de los organismos o entidades en salud, los días y horarios de atención al público de acuerdo con las necesidades de la comunidad, según las normas de administración personal del respectivo organismo.
Vigilar que las tarifas correspondan a las condiciones socioeconómicas de los distintos grupos de la comunidad y que se apliquen de acuerdo a lo establecido.
Atender las quejas que los usuarios presentan sobre las deficiencias de los servicios y vigilar que se tomen los correctivos del caso.
Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven el menor costo.
Representantes
Las alianzas y asociaciones de usuarios elegirán a sus representantes en asamblea general para períodos de dos años. Las instancias de participación podrían ser:
Un representante ante la junta directiva de la respectiva EPS pública o mixta.
Un representante ante la junta directiva de la institución prestadora de salud de carácter hospitalario público o mixta.
Un representante ante el comité de participación comunitaria respectivo.
Un representante ante el consejo territorial de seguridad social en salud.
Dos representantes ante el comité de ética hospitalaria de la respectiva institución prestadora de servicios de salud, sea pública o mixta.
Para ser elegido en un cargo de representación a nombre de la asociación de usuarios la persona debe:
Ser usuario de la entidad de salud a la cual se encuentra afiliado.
No habrá incurso en inhabilidades establecidas por la ley.
No ser empleado de la Entidad en Salud.
Residir en el municipio.
Estar presente en el momento de la elección.
Glosario:
Alianza o Asociación de Usuarios: Es una agrupación de afiliados del régimen contributivo o subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.
Asociaciones de Usuarios: Agrupación de afiliados del régimen contributivo y subsidiado, del Sistema General de Seguridad Social en Salud, que tienen derecho a utilizar unos servicios de salud, de acuerdo con su sistema de afiliación, que velarán por la calidad del servicio y la defensa del usuario.
Atención Integral: Conjunto de servicios de promoción, prevención y asistenciales (diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y readaptación), incluidos los medicamentos requeridos, que se prestan a una persona o un grupo de ellas en su entorno bio-psicosocial, para garantizar la protección de la salud individual y colectiva.
Autocuidado: Observancia particular y determinada que una persona hace para sí misma de un conjunto de principios, recomendaciones y precauciones, destinadas a conservar la salud.
Comité de Ética Hospitalaria: Grupo constituido oficialmente por profesionales de la salud y quienes se desempeñan en las instituciones prestadoras de salud; su función principal es la de asesorar, apoyar y formular recomendaciones sobre los aspectos éticos de casos presentados por personal de la salud involucrado en la toma de decisiones clínicas.
Comité de Participación comunitaria en Salud (COPACOS) (Decreto 1757/1994 y 780/2016)): Es un escenario de concertación entre los diferentes actores sociales y el Estado, en donde se encuentran representantes de organizaciones sociales y comunitarias de la localidad, encabezado por el Alcalde Local o su delegado.
Consultas: Son solicitudes que puede efectuar para que la entidad o autoridad manifieste su conocimiento u opinión sobre los temas o materias que están a su cargo y para la cual se cuenta con un término legal máximo de 30 días para dar respuesta.
Control social en salud: Es el conjunto de prácticas y mecanismos que involucran a la ciudadanía en el ejercicio público mediante el seguimiento a los planes, programas y proyectos institucionales, para garantizar transparencia a la gestión pública y vigilar el cumplimiento de la normatividad vigente en el sector salud.
Denuncia: Mecanismo por medio del que los ciudadanos/clientes, ponen en conocimiento ante la autoridad competente, una conducta posiblemente irregular para que se adelante la correspondiente investigación.
Derecho de Petición: Es el derecho fundamental para presentar peticiones respetuosas por motivos de interés general o de interés particular ante las autoridades o ante los particulares que cumplan funciones públicas, sin necesidad de requerir abogado ni representante legal.
Empoderamiento de la ciudadanía y organizaciones sociales: Es un proceso que permite cumplir un rol activo y el desarrollo pleno de la ciudadanía en salud.
Entidad Promotora de Salud (EPS): Es la responsable de la afiliación y registro de los usuarios y del recaudo de las cotizaciones. Deben organizar y garantizar la prestación del POS a los afiliados y de girar al FOSYGA, dentro de los términos de ley, la diferencia entre los ingresos por cotizaciones de sus afiliados y el valor de las correspondientes UPC.
Entidades Promotoras de Salud Subsidiado (EPS-S): Entidades que manejan (previo contrato con municipios y departamentos) los recursos que el Estado destina para atender a los beneficiarios del régimen subsidiado, es decir, las personas que no tienen dinero para cotizar al sistema de salud. Deben organizar y garantizar la prestación de los servicios de salud autorizados en el Plan Obligatorio de Salud (POS) para el régimen subsidiado. Pueden ser las Entidades Promotoras de Salud (EPS), las Cajas de Compensación Familiar (CCF) y las Empresas Solidarias de Salud (ESS).
Empresa Social del Estado (ESE): Es una categoría especial de entidad pública descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa, cuyo objeto es la prestación de servicios de salud.
Felicitación: Es el reconocimiento que se hace a la labor desempeñada o a las acciones implementadas en la institución.
Fondo de Solidaridad y Garantía (FOSYGA): Fondo de Solidaridad y Garantía, es una cuenta especial de la Nación sin personería jurídica, creada por la Ley 100 por medio de la cual se administran los recursos de la Salud del Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Habilitación: Cumplimiento de las condiciones básicas de capacidad tecnológica y científica, de suficiencia patrimonial y financiera y de capacidad técnico administrativa, indispensables para la entrada y permanencia en el sistema único de habilitación, los cuales buscan dar seguridad a los usuarios frente a los potenciales riesgos asociados a la prestación de servicios y son de obligatorio cumplimiento por parte de los prestadores de servicios de salud.
Incidencia en la toma de decisiones: Es la inclusión de la ciudadanía en la discusión amplia e informada y participación en el proceso toma de decisiones especialmente en aquellos temas que afectan directa o indirectamente su nivel de bienestar biopsicosocial, desde aspectos de gestión en atención de salud hasta el control colectivo sobre los determinantes sociales de la salud.
Instituciones Prestadoras de Salud (IPS): Entidades oficiales, privadas, mixtas, comunitarias o solidarias, organizadas para la prestación de los servicios de salud de los habitantes del territorio colombiano. Pueden ser clínicas, hospitales, centros de salud, grupos de profesionales que ofrecen un servicio, instituciones de rehabilitación, consultorios, entre otros.
Junta Asesora Comunitaria en Salud (Decreto 475/2016): Es una instancia de participación social que pretende fortalecer la participación activa comunitaria en salud en las Unidades de Servicios de Salud, con el fin de asesorar, apoyar y mejorar la calidad y oportunidad en la prestación de los servicios.
Ley 100 de 1993: Se encarga de reclutar y reorganizar entidades relacionadas con la salud, asimismo establece normas y procedimientos para que las personas y la comunidad tengan acceso a los servicios de salud, con el objetivo de mejorar su calidad de vida.
Ley 1751 del 2015, Estatutaria de Salud Garantizar el Derecho fundamental a la Salud, regularlo y establecer sus mecanismos de protección.
Ley 850 de 2003, por medio de la cual se reglamentan las Veedurías Ciudadanas: Para la aplicación de mecanismos de transparencia ante los ciudadanos, la Superintendencia Nacional de Salud promociona e incentiva la creación de veedurías ciudadanas, para que éstas ejerzan vigilancia sobre la administración pública de la entidad.
Mecanismos de Participación ciudadana: Son todos aquellos instrumentos tendientes al ejercicio de los deberes y derechos del individuo, para propender por la conservación de la salud personal, familiar y comunitaria y aportar a la planeación, gestión, evaluación y veeduría en los servicios de salud.
Participación Ciudadana: Es el ejercicio de los deberes y derechos del individuo, para propender por la conservación de la salud personal, familiar y comunitaria y aportar a la planeación, gestión, evaluación y veeduría en los servicios de salud.
Participación Social: Proceso de interacción social para intervenir en las decisiones de salud respondiendo a intereses individuales y colectivos para la gestión y dirección de sus procesos en la búsqueda de bienestar humano y desarrollo social. Comprende la participación ciudadana y comunitaria.
Petición: Es el derecho fundamental que tiene toda persona a presentar solicitudes respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener su pronta resolución.
Plan Obligatorio de Salud (POS): Es el conjunto de servicios de atención en salud a los que tiene derecho un usuario, cuya finalidad es la protección de la salud, la prevención y curación de enfermedades, el suministro de medicamentos para el afiliado y su grupo familiar y el reconocimiento económico de incapacidades y licencias de maternidad, para los cotizantes, a cambio de un pago mensual (aporte o subsidio). De acuerdo con lo establecido en la Ley 100 de 1993 y sus normas reglamentarias.
Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI): El Ministerio de la Protección Social promueve coberturas de vacunación en todo el país por departamentos y municipios.
Queja: Es una manifestación que puede realizar sobre alguna inconformidad por una conducta con respecto al servicio que le ofrece la entidad en general o en particular, de algún funcionario o dependencia, la vigencia para la respuesta es de 15 días.
Reclamo: Manifestación verbal o escrita de una insatisfacción realizada por una persona natural o jurídica, sobre el incumplimiento o irregularidad de alguna de las características de los servicios ofrecidos por la entidad, el plazo de respuesta es de 15 días.
Régimen Contributivo: Es un conjunto de normas que rigen la vinculación de los individuos y las familias con capacidad de pago al Sistema General de Seguridad Social en Salud, cuando tal vinculación se hace a través de un aporte o cotización.
Régimen subsidiado: Es el mecanismo con el cual la población más pobre tiene acceso a los servicios de salud financiada mediante subsidios que les permite acceder a los servicios médicos.
Regímenes de Excepción: Son los sistemas de salud, que por decisión del legislador, cuentan con unas normas y una administración para la prestación de los servicios de salud diferente a sus beneficiarios diferente a la establecida para el Sistema General de Seguridad Social en Salud.
Rendición de Cuentas: Es la obligación que tiene un actor de informar y explicar sus acciones a otros, que igualmente tienen el derecho de exigirla, en términos políticos y basados en la organización del Estado, como una expresión de control social. Es un mecanismo de control social que comprende acciones de peticiones de información y de explicaciones, así como, la evaluación de la gestión, y búsqueda de la transparencia en la gestión de la administración pública para lograr la adopción de “Buen Gobierno”.
Salud Pública: Está constituida por el conjunto de políticas que buscan garantizar de una manera integrada la salud a nivel poblacional. En este sentido, busca mejorar las condiciones de salud de las comunidades mediante la promoción de estilos de vida saludables, las campañas de concienciación, la educación y la investigación.
Salud: Es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades.
Sisbén: Es la manera como el Gobierno Colombiano busca garantizar el cumplimiento de los derechos de la población más vulnerable del país. La Sigla SISBEN significa, Sistema de Potenciales Beneficiarios para programas sociales.
Sistema de Información y Atención al Usuario (SIAU): Mecanismo de comunicación directo con los diferentes públicos de nuestra ESE, los cuales expresan sus necesidades y expectativas para la prestación de los servicios.
Sitio web: Es la página Web en la red pública Internet, la cual se utiliza para divulgar la información de la ESE, recibir PQRS y publicar toda la información que se requiera para el cumplimiento de la normatividad vigente.
Sugerencia: Es una recomendación o propuesta con respecto a los trámites o procesos de la entidad, bien sea porque estos no lo satisfacen, o porque cree que existe una forma de hacerlo mejor, la vigencia para respuesta en términos es de 15 días.
Transparencia: Es a visibilización oportuna y amplia de todas las actividades vinculadas a la función pública. Permite la participación de la ciudadanía de manera informada y con capacidad para la negociación y toma de decisiones en salud sobre la base de conocimiento e información compartida.
Traslado Asistencial Básico (TAB): Vehículo de transporte de emergencias (Ambulancia) que realiza la intervención con un equipo de respuesta inicial, el cual está tripulado por un auxiliar de enfermería o un técnico en atención pre-hospitalaria.
TRIAGE: Término francés que se emplea en el ámbito de la medicina para clasificar a los pacientes de acuerdo a la urgencia de la atención
Unidad de Pago por Capitación (UPC): Es la suma que el sistema reconoce a las EPS por cada afiliado que tienen. Se considera que es suficiente para atender la salud de la persona en el año.
Veeduría en salud: Es el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias legalmente constituidas, ejercer vigilancia sobre la gestión pública, respecto a las autoridades administrativas políticas judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, así como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el país, encargadas de la ejecución de un programa, proyecto, contrato o de la prestación de un servicio público.
Vinculados: Personas pobres que no están afiliadas al sistema de salud, pero pueden ser atendidas en instituciones públicas y privadas que tengan contrato con el Estado.
Abreviaturas y términos de Red Salud Armenia ESE
AIEPI: Atención Integral para Enfermedades Prevalentes de la Infancia
CNSC: Comisión Nacional del Servicio Civil
COPASO: Comité Paritario de Salud Ocupacional
COVE: Comité de Vigilancia Epidemiológica
CS: Centro de Salud
DAFP: Departamento Administrativo de la Función Pública
EDA: Enfermedad Diarreica Aguda
ERA: Enfermedad Respiratoria Aguda
ITS: Infecciones de Transmisión Sexual
MECI: Modelo Estándar para el Control de la Calidad
OMS: Organización Mundial de la Salud
OPS: Organización Panamericana de Salud
PAI: Programa Ampliado de Inmunización
PAMEC: Programa de Auditoría para el Mejoramiento de la Calidad
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| ACTIVIDAD | ENERO | FEBRERO | MARZO | ABRIL | MAYO | JUNIO | JULIO | AGOSTO | SEPT | OCT | NOV | DIC |
| REUNIONES ASOCIACIONES DE USUARIOS | 29 ENERO 9:00AM LUGAR: UIS |
26 FEBRERO 9:00AM LUGAR: UIS |
26 MARZO 9:00AM LUGAR: UIS |
30 ABRIL 9:00AM LUGAR: UIS |
28 MAYO 9:00AM LUGAR: UIS |
25 JUNIO 9:00AM LUGAR: UIS |
30 DE JULIO DE 2025 CAA DEL SUR 9:00am |
27 DE AGOSTO DE 2025 PILOTO URIBE 9:00 am |
24 DE SEPTIEMBRE DE 2025 UIS 9:00am |
29 DE OCTUBRE DE 2025 CORREA GRILLO 2:00pm |
26 DE NOVIEMBRE DE 2025 CLARITA 9:00am |
17 DE DICIMBRE 2025 PARAISO 9:00am |
| RENDICION DE CUENTAS VIG 2024 | 28 MARZO 9:00AM LUGAR: ALEXANDER VON HUMBOLDT |
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| COMITE ETICA HOSPITALARIO | 29 ENERO 7:00AM LUGAR: UIS |
19 FEBRERO 7:00AM LUGAR: UIS |
20 MARZO 7:00 AM LUGAR: UIS |
24 ABRIL 7:00 AM LUGAR: UIS |
15 MAYO 7:00 AM LUGAR: UIS |
27 JUNIO 7:00 AM LUGAR: UIS |
29 JULIO 7:00 AM LUGAR: UIS |
26 AGOSTO 7:00AM LUGAR: UIS |
24 SEPTEIMBRE 7:00 AM LUGAR: UIS |
28 OCTUBRE 7:00 AM LUGAR: UIS |
27 NOVIEMBRE 7:00 AM LUGAR: UIS |
18 DICIEMBRE 7:00 AM LUGAR: UIS |